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 Beneficiarios de pensión sobrevivencia legales (DL Nº3500)

Artículo 5º
Serán beneficiarios de pensión de sobrevivencia, los componentes del grupo familiar del causante, entendiéndose por tal, el o la cónyuge sobreviviente, los hijos legítimos, naturales o adoptivos, los padres y la madre de los hijos naturales del causante.
Cada afiliado deberá acreditar, ante la respectiva Administradora, la existencia de sus eventuales beneficiarios, por los medios legales pertinentes.
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MetLife APV

Esta es una gran oportunidad para vivir tu futuro cómodamente. MetLife APV es un seguro de vida con un componente de ahorro que te permite anticipar tu jubilación o mejorar el monto de tu pensión, accediendo a importantes beneficios tributarios.

 
¿En qué consiste?
  • MetLife APV es un seguro de vida con un componente de ahorro, que contempla beneficios tributarios o fiscales, según corresponda, que te permitirá anticipar tu jubilación o bien aumentar el monto de tu pensión.  Al mismo tiempo, te otorga la tranquilidad que tu familia este protegida ante algún imprevisto.
    Como se trata de un seguro de vida con ahorro previsional voluntario (APV) una parte de la prima se destina al pago de la cobertura del seguro y otra al ahorro voluntario.

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Alternativas de Ahorro
  • MetLife APV cuenta con distintas alternativas de inversión, con diferentes perfiles de riesgo para distribuir tus ahorros.

Fondo Seguro:
Es administrado por la Compañía y ofrece una rentabilidad real anualizada de 2% y tres fondos administrados por Larraín Vial de rentabilidad variable:

Fondo Mutuo Acciones Nacionales:
Es una alternativa para aquellas personas que deseen aprovechar la renta variable nacional, ya que ofrece invertir en acciones chilenas. Es un fondo de alta liquidez y de riesgo alto.

Fondo Mutuo Ahorro Capital:
Es una alternativa de renta fija nacional invertidas en activos UF. Es una opción de bajo riesgo que busca la conservación del capital y es recomendado para adversos al riesgo. Es un fondo de alta liquidez.

Fondo Mutuo Protección:
Es una alternativa para quienes deseen invertir sus fondos en una combinación de activos entre renta fija y renta variable, dentro de un marco de riesgo limitado. Mediante este fondo tienes acceso a una gran diversidad de activos tanto chilenos como mundiales.

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Beneficio Tributario
  • Existen 2 regímenes APV a los cuales puedes optar:

Régimen A:
Optas a una bonificación fiscal, equivalente al 15% del total de las primas pagadas por este seguro, con un tope de UF 600 al año por concepto de primas y de 6 UTM de bonificación fiscal anual.
Esta bonificación se adicionará a tu plan de ahorro y será parte de tu cuenta individual de la AFP al momento de pensionarte. Tanto la bonificación como la rentabilidad generada por el pago de primas de MetLife APV, no constituirán renta.

Régimen B:
Te permite rebajar de tu base imponible el monto de primas pagadas por este seguro, con un tope de UF 50 mensuales o UF 600 anuales. Así, el cálculo del impuesto a la renta se hará sobre la base imponible reducida por las primas pagadas, y tu tasa de impuesto a la renta podrá disminuir, dependiendo de tu nivel de ingresos.

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Protección Adicional
  • Con MetLife APV cuentas con una Cobertura Básica:
    Pago del monto asegurado en caso de fallecimiento del Asegurado, de acuerdo a la modalidad que contrates.

  • Además, puedes optar a las siguientes Coberturas Adicionales:

    Muerte Accidental: Capital asegurado adicional por muerte accidental que te permite complementar tu protección básica. La cobertura de este adicional se mantendrá vigente hasta los 64 años de edad.

    Pago anticipado por Invalidez Total y Permanente 2/3:
    Anticipa el pago de la cobertura básica en caso de invalidez total y permanente 2/3 del asegurado, sea por accidente o enfermedad.

  • La cobertura de este adicional se mantendrá vigente hasta los 65 años de edad en caso de los hombres y 60 años en caso de las mujeres.

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Simuladores

  • Utiliza los simuladores MetLife y calcula junto a nosotros cómo podemos ayudarte a optimizar los beneficios.
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El seguro se rige por las condiciones, términos y exclusiones de las Condiciones Generales y Cláusulas Adicionales incorporadas al depósito de pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros, bajo los códigos POL 2 12 115, CAD 2 13 008 y, CAD 2 09 069, y las Condiciones Particulares de la Póliza.